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'...Istum forum romansavit dominus rex...' (Fur XXV), o '...Istum forum correxit et in romantio posuit dominus rex...' (Fur XXVIII), o '...enmendavit in romantio dominus rex...' (Fur XXXII).|Edició dels Furs del Regne de Valéncia de l'any 1547. Biblioteca Valenciana.}}
'...Istum forum romansavit dominus rex...' (Fur XXV), o '...Istum forum correxit et in romantio posuit dominus rex...' (Fur XXVIII), o '...enmendavit in romantio dominus rex...' (Fur XXXII).|Edició dels Furs del Regne de Valéncia de l'any 1547. Biblioteca Valenciana.}}
{{Cita|''De estas Cortes de 1261 data la traducción general de los Fueros del latín al valenciano... Dicho texto latino, que contiene una serie de palabras en romance, las contiene en romance valenciano, ya que incluso algunas de las empleadas lo son en fueros que se remiten a la costumbre en tiempo de los moros, lo que lógicamente presupone que tales palabras ya eran usuales en Valencia antes de la reconquista...''|([[Vicent Lluís Simó Santonja]], 1975)}}


{{Cita|''En cuanto a la libertad sorprende leer detenidamente los [[Furs de Valéncia|Furs valencianos]] para darse cuenta de que a las familias que iban asentándose en estas tierras de realengo se les concederían unos privilegios y unas condiciones jurídicas excepcionales – que aún hoy resultan inconcebibles para muchos territorios de aquel siglo XIII europeo – y unos beneficios para quienes emigraban a las tierras valencianas de las de señorío e iban a asentarse en un territorio de libertad, prometedor de oportunidades que, en modo alguno, gozaron en sus lugares de procedencia y en el que su condición de vehí les concedía defensa y protección, a saber:''
{{Cita|''En cuanto a la libertad sorprende leer detenidamente los [[Furs de Valéncia|Furs valencianos]] para darse cuenta de que a las familias que iban asentándose en estas tierras de realengo se les concederían unos privilegios y unas condiciones jurídicas excepcionales – que aún hoy resultan inconcebibles para muchos territorios de aquel siglo XIII europeo – y unos beneficios para quienes emigraban a las tierras valencianas de las de señorío e iban a asentarse en un territorio de libertad, prometedor de oportunidades que, en modo alguno, gozaron en sus lugares de procedencia y en el que su condición de vehí les concedía defensa y protección, a saber:''
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6.- ''una moneda de cambio libre y ajustada a un módulo, esto es, el morabatí''
6.- ''una moneda de cambio libre y ajustada a un módulo, esto es, el morabatí''


7.- ''y el libre ejercicio de su religión, en mezquitas y sinagogas, protegidas por la autoridad real''}}
7.- ''y el libre ejercicio de su religión, en mezquitas y sinagogas, protegidas por la autoridad real''|''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]'', per [[Francisco A. Roca Traver]] ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008) Conferència inaugural del curs 2008-2009. 14 de novembre de 2008}}
 
* ''[[Reflexiones sobre la personalidad histórica valenciana]]''. [[Francisco A. Roca Traver]] ([[Real Acadèmia de Cultura Valenciana]] (RACV), Valéncia, 2008) Conferència inaugural del curs 2008-2009. 14 de novembre de 2008.


== Referències ==
== Referències ==